martes, 21 de junio de 2011

El Ejecutivo insiste con la instalación de un crematorio

En la sesión ordinaria celebrada por el Concejo la semana pasada, el Departamento Ejecutivo volvió a presentar el proyecto que plantea la instalación de un crematorio en un predio lindero al Cementerio.
El mismo había sido ingresado hace un año pero, al no ser aprobado o rechazado, perdió estado parlamentario. Como novedad, esta vez se incluyó el estudio de impacto ambiental que avala la viabilidad de la iniciativa.
Ahora el expediente pasó a comisión para un análisis más detenido pero la exposición de algunos de los concejales durante la sesión en la que se le dio ingreso, hace prever que habrá mucho debate durante su tratamiento.
En este sentido, las objeciones partieron desde el bloque “Todos por Firmat” y apuntan a  que el emprendimiento sea emplazado en otro lugar y no en el que propone el Ejecutivo y a que se otorgue la habilitación a una empresa mortuoria firmatense (si es que hubiera interesados) y no a una firma oriunda de otra ciudad.
El proyecto estipula que una sociedad rosarina explotaría el emprendimiento durante 30 años y, una vez concluido el plazo, el mismo quedaría automáticamente en manos del Estado local. También contempla la construcción  de un lugar con oficinas administrativas, sala de cremación, sala de espera, baños y otras dependencias, la cual estaría ubicada en las cercanías de la necrópolis.

El estudio de impacto ambiental
Con fecha 27 de abril de 2011, el ingeniero César Mackler, secretario de Medio Ambiente de la Provincia, firmó la Resolución 030 mediante la cual decidió “aprobar el estudio de impacto ambiental de la firma Complejo Ichinen SRL para la instalación y funcionamiento de un horno crematorio de cadáveres dentro del predio del Cementerio de la ciudad de Firmat”.
Según el documento, “antes de la puesta en operaciones normales de las instalaciones”, la firma “deberá validar la efectividad del horno por medio de un ensayo de incineración de manera tal que se verifique el cumplimiento de los valores guía y los tiempos establecidos por Decreto”; “adecuar el sector donde realiza la apertura de ataúdes que evite la propagación de olores desagradables al exterior. Deberá disponer de sistema de captación y filtrado al exterior”; “instalación de un registrador continuo de temperaturas del horno”.
En otro articulado, la Resolución establece que la firma “deberá realizar monitores en los parámetros declarados en el Plan de Gestión Ambiental y con frecuencia semestral, determinación de emisión y calidad de aire en las inmediaciones del horno”.
“De producirse impactos ambientales no previstos, la secretaría de Medio Ambiente provincial podrá, en cualquier momento, requerir información a la firma a fin de evaluar el impacto producido” agrega.

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